Determinan como improcedentes las suspensiones contra ley eléctrica; reforma de 4T avanza

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Al determinar el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica que son improcedentes las suspensiones definitivas contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), ordenadas por los jueces Juan Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza López Figueroa, esta normativa presidencial podrá entrar en vigor.

Con los votos de los magistrados Eugenio Reyes y Gildardo Galinzoga, esa instancia judirical ordenó que dicha legislación no causa por ahora perjuicio a los productores privados, dado que el artículo tercero transitorio establece que una vez aprobada por el Congreso de la Unión, se tiene un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector.

"La Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios", se lee en el transitorio tercero.

Por su parte, el togado Reyes precisó que las compañías sólo podrán solicitar el cese de la reforma cuando existan estas normas, o cuando las autoridades les inicien algún procedimiento de revisión, renegociación o revocación de sus permisos.

SÍ HAY BENEFICIO PARA CFE

En tanto, la magistrada Rosa Elena González Tirado, quien votó en contra de revocar los reveses, afirmó que la dicha ley sí afecta con su sola entrada en vigor a la iniciativa privada.

"Desde su entrada en vigor, en automático, genera la afectación. Elimina reglas de despacho, se establecen determinadas normas que en apariencia favorecen a la CFE, con discrecionalidad en el tema de preferencias, restringe acceso abierto a las redes, modifica la forma en que CFE debe ahora adquirir ahora electricidad, eliminado la condición de que únicamente por subastas se podía adquirir", justificó.

Basta recordar que en el decreto de reforma publicado el 9 de marzo, ordena privilegiar el despacho de energía generada por plantas de la CFE, incluidas las que usan combustóleo y carbón, por encima de privadas de energías renovables.

Con información de La Razón

IMCM