Es inconstitucional reconocer 'la vida humana desde la concepción', determina SCJN

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron de manera unánime inconstitucional que los estados reconozcan “la vida humana desde la concepción”.

Fue así de esta manera que se declaró que una fracción del artículo 4 Bis A, fracción I, de la Constitución de Sinaloa es inválida, dado que atenta contra los derechos reproductivos al establecer que “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente hasta su muerte”.

La sentencia fue a favor del proyecto promovido por el togado Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien considera que ese tipo de restricciones o cláusulas limitan el acceso a los servicios de salud reproductiva.

“En opinión de este Pleno, ninguna protección a la vida desde la concepción puede motivar restricciones en los derechos de personas ya nacidas o ejecutarse acudiendo a la ficción jurídica que separa lo inseparable: el embrión de la persona embarazada. Esta protección sólo ocurrirá —de forma constitucionalmente aceptable— a través de la persona embarazada y sin intervenciones arbitrarias del Estado en su vida privada o en su autonomía reproductiva”, expuso Ortiz Mena.

También rechazaron que la legislatura local buscara definir el periodo del origen de la vida humana y expusieron que sería inaceptable pretender hacerlo cuando no existe consenso científico, moral, ni religioso sobre el tema.

Con base en lo aprobado, se lee que “la norma es abiertamente inconstitucional pues, con el pretexto de definir el comienzo de la protección de la vida humana, lo que están haciendo es imponer límites a los derechos humanos de otras personas”.

IMCM

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