Estos son los puentes y días de descanso en 2023; se viene el primer puente largo

Foto: Cuartoscuro

Redacción

Ciudad de México.- Una vez que ha comenzado 2023 muchas personas piensan en los días feriados y puentes para salir de vacaciones, por lo que aquí te decimos qué fechas son las que debes tener en consideración.

CONOCE LAS FECHAS OFICIALES

Lunes 6 de febrero: Día de la Constitución Mexicana, primer puente del año

Lunes 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez, segundo puente

Lunes 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores, tercer puente 

Sábado 16 de septiembre: Día de la Independencia de México

Lunes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana, cuarto puente

Lunes 25 de diciembre: Navidad, último puente

Algunas fechas caen entre semana, no obstante, estas pueden recorrerse a lunes para aprovecharse como puente y algunos otros permanecen inamovibles.

FESTIVOS NO OFICIALES

Jueves 6 de abril: Jueves Santo

Viernes 7 de abril: Viernes Santo

Viernes 5 de mayo: Batalla de Puebla

Jueves 12 de octubre: Día de la Raza

Jueves 2 de noviembre: Día de muertos

Martes 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe

VACACIONES, PUENTES Y FERIADOS PARA ESTUDIANTES

27 de enero: Junta de Consejo Técnico Escolar

6 de febrero: Día de la Constitución Mexicana

20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez

31 de marzo: Junta de Consejo Técnico Escolar

3 al 14 de abril: Vacaciones de Semana Santa

28 de abril: Junta de Consejo Técnico Escolar

1 de mayo: Día del Trabajo

5 de mayo: Batalla de Puebla

15 de mayo: Día del Maestro

26 de mayo: Junta de Consejo Técnico Escolar

30 de junio: Junta de Consejo Técnico Escolar

LEY AMPARA A TRABAJADORES

La Ley Federal del Trabajo (LFT) señal que los empleados no están obligados a prestar servicios durante los días feriados oficiales. Aunque existen casos en los que el patrón solicita cubrir la jornada laboral. De ser el caso, tendrá que pagar el doble de un día de trabajo regular, según dicta el artículo 73 de dicha ley.

REFORMA A LA NORMATIVA 

A partir del pasado 1 de enero entró en vigor la modificación a la LFT para duplicar los días de vacaciones laborales en el primer año de servicios en una misma empresa, es decir, pasan de 6 a 12.

La reforma permite a los trabajadores disponer de manera continua o de forma fraccionada estos descansos; dicha adecuación es la primera a los estatutos en materia vacacional en más de medio siglo.

Expertos en la materia dicen que quienes cumplan años laborales en la misma compañía desde el primero de enero en adelante, podrán verse beneficiados con estos cambios, por lo que si su aniversario laboral fue antes de esta fecha deberás a esperar a que en 2023 vuelvas a cumplir años de trabajo para acceder al beneficio de las denominadas “vacaciones dignas”.

Años laborados            Días de vacaciones
1    12
2    14
3    16
4    18
5    20
De 6 a 10                             22
De 11 a 15                           24
De 16 a 20                           26
De 21 a 25                           28
De 26 a 30                           30
De 31 a 35                           32

IMCM