Invalida SCJN el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Por mayoría de nueve votos a favor, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional todo el sistema que regula el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), al considerar que vulnera la privacidad de los datos personales.

Durante el debate del proyecto, los ministros del máximo tribunal del país coincidieron en que es inconstitucional esta medida y que puede resultar hasta violatoria de los derechos humanos a la protección de datos e información de los ciudadanos.

Este análisis fue elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien propuso invalidar en su totalidad la reforma y modificar algunos de los argumentos por los cuales se le considera inconstitucional.

Asimismo, sostuvo que existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prevenir y combatir el uso de dispositivos móviles para cometer delitos.

Por su parte, Arturo Zaldívar Leo de Larrea, ministro presidente de la Corte, señaló que no hay seguridad respecto al manejo de los datos del Panaut, por lo que no se justifica que el Estado tenga en su poder tanta información privada de los ciudadanos.

Los nueve togados que sufragaron a favor de tumbar esta normativa, proponen un padrón de telefonía para usuarios de prepago y acceso con control judicial, pero sin datos biométricos.

Una ley avalada el año pasado obliga entregar los datos personales a las compañías de telefonía móvil.

IMCM

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