Invalida SCJN objeción de conciencia; Congreso debe corregir figura

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron la objeción de conciencia que permite al personal de salud negarse a practicar un aborto.

La sentencia de los togados se dio con ocho votos y se debe a que el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud presenta deficiencias, por lo que exhortaron al Congreso de la Unión corregir esas inconsistencias legales y establecer con claridad los límites de esta figura.

Con esto, el máximo tribunal del país busca regular la participación de médicos y enfermeros, quienes deben apegarse a este resolutivo para si así lo desean rechazar practicar servicios como la interrupción legal del embarazo, porque de lo contrario, advierten, se da un "cheque en blanco" a los objetores y pone en riesgo los derechos humanos de los pacientes.

Fue el pasado 13 de septiembre que la Corte dio luz verde a este alcance, al tiempo que subrayó que no es una restricción al derecho de salud.

No obstante, con su determinación de este lunes, la SCJN no declaró la inconstitucionalidad de la objeción de conciencia, sino que ordenó crear un mejor marco legal para llevarla a cabo bajo las normativas que rigen al país.

De acuerdo con el argumento, esta figura establece que el personal que labora en estos sitios puede negarse a practicar procedimientos, entre ellos la interrupción legal del embarazo, excepto cuando se trate de urgencias médicas o esté en riesgo la vida de la persona.

OBLIGAR O SUGERIR

En la sesión de este lunes, el pleno de la Corte programó para mañana martes a partir de las 11:30 horas, resolver si se promueve la obligación sobre cómo deben legislarse los lineamientos en esta materia, o bien, si se exhorta a la Cámara de Diputados a que contemple la revisión de los mismos.

Una vez que se emitió la sentencia de la SCJN, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó la acción de inconstitucionalidad, tras considerar que al introducir la objeción de conciencia se afecta el derecho a la salud, a la seguridad jurídica, a la integridad personal, a la vida, de derechos sexuales y reproductivos, así como del derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de los hijos.

IMCM

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