‘Ley Silla’ ya es obligatoria en México, empresas podrán ser multadas por incumplimiento

Ley Silla

Por Noemí López

Ciudad de México. — Este domingo 14 de diciembre venció el plazo de transición de 180 días que tenían las empresas para adecuarse a la recientemente aprobada “Ley Silla”, la reforma laboral que ya es obligatoria en todo el país y busca garantizar el derecho al descanso de millones de trabajadores que permanecen gran parte de su jornada laboral de pie. 


La reforma, impulsada originalmente por legisladores de Movimiento Ciudadano (MC) y Morena, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024 y entró en vigor el 17 de junio de 2025, con un periodo de adecuación para empleadores que concluyó el pasado fin de semana. 


Este periodo de adecuación culminó el pasado 14 de diciembre, por lo que, a partir de ahora, todas las empresas y centros de trabajo, sin importar giro o tamaño, deben garantizar un número suficiente de sillas con respaldo para que sus trabajadores puedan descansar durante la jornada laboral, siempre que las funciones lo permitan. 


La normativa también prohíbe obligar al personal a permanecer de pie durante toda la jornada laboral. 


Legisladores de Movimiento Ciudadano (MC) destacaron que la llegada de esta fase representa un momento histórico para los derechos laborales, particularmente en sectores como comercio, servicios, seguridad privada y restaurantero, donde se estima que al menos 3 millones de trabajadores permanecen de pie la mayor parte del tiempo. 


MULTAS Y MECANISMOS PARA DENUNCIAR INCUMPLIMIENTOS


La autoridad laboral, principalmente a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), podrá inspeccionar centros de trabajo para verificar el cumplimiento de la norma. 


Las empresas que no cumplan pueden enfrentarse a sanciones económicas severas, que van de 250 a 2,500 UMAs (aproximadamente entre 28 mil y 282 mil pesos), y en casos de reincidencia incluso pueden ser objeto de suspensión temporal del centro laboral. 


Los trabajadores que detecten un incumplimiento pueden presentar una denuncia formal ante Profedet, acudir con su sindicato o solicitar una inspección a través de los canales oficiales del organismo, que incluyen atención telefónica y portales digitales. 
 

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