Publica Sedatu en el DOF expropiación de 51 inmuebles para el Tramo 4 del Tren Maya

Redacción

Ciudad de México.- Fue confirmado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que el Gobierno de México expropió 242 mil 627 metros cuadrados, correspondientes a 51 inmuebles de propiedad privada que se encuentran en los municipios de Chemax, Kantunil, Sudzal, Tinum, Uayma y Valladolid, en Yucatán y en los municipios de Lázaro Cárdenas y Puerto Morelos, en Quintana Roo, los cuales serán destinados para la construcción de obras de infraestructura del Tren Maya.

En la edición matutina del DOF, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) publicó el decreto mediante el cual se declaran de utilidad pública estos terrenos.

La acción tiene mayor fuerza en Valladolid, dado que 27 de las 51 tierras pertenecen a esta localidad.

Así, el dictamen técnico fue elaborado por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y refiere que estos predios son “apropiados e idóneos” para la construcción y el funcionamiento del Tren Maya “por lo que resulta necesario expropiar los inmuebles de propiedad localizados en la superficie del Tramo 4”.

“Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el periódico de mayor circulación de la localidad de que se trate, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación”, indica el texto. 

DEFINEN DETALLES PARA RECLAMAR

Con base en el DOF, luego de la segunda publicación, los interesados tendrán 15 días para “manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes”.

Para justificar su accionar, la Sedatu recalcó en el DOF que con base en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que, “la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”.

También abundó que el numeral 28 señala que, “los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación".

IMCM