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Reestructuran hábitat de la vaquita marina: Semarnat reduce 86% el polígono de prohibición

Mi Nación

El Gobierno de México ajusta la Zona de Tolerancia Cero y reduce 86% el polígono de redes prohibidas para equilibrar la conservación ecológica con el desarrollo comunitario

Protección de la vaquita marina y pesca sustentable: Claves del decreto de Semarnat (Foto EFE)
Protección de la vaquita marina y pesca sustentable: Claves del decreto de Semarnat (Foto EFE)

Ciudad de México.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y la Secretaría de Marina (Semar), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un nuevo acuerdo regulatorio de pesca que transforma las medidas de conservación para la vaquita marina (Phocoena sinus) en el Alto Golfo de California.

El decreto establece el marco operativo para el uso de artes de pesca, horarios de navegación y el seguimiento tecnológico del sector pesquero en la región.

Ajustes territoriales: Reducción del polígono y apertura de canales de tránsito

El cambio central de la nueva normativa es la reconfiguración del área de prohibición para el uso de redes de enmalle y agalleras, consideradas una de las principales causas de mortalidad incidental de la marsopa mexicana al quedar atrapada en ellas durante la pesca ilegal de totoaba.

El espacio protegido pasó de 11,100 kilómetros cuadrados a 1,562 kilómetros cuadrados, lo que significa una disminución del 86% en la extensión donde se prohíben estos artefactos.

Respecto a la Zona de Tolerancia Cero (ZTC), concebida como el núcleo de máxima protección para la especie, el polígono experimentó un ajuste técnico de 19 km², transitando de 225 km² a 208 km². Dentro de esta franja se mantendrán restricciones severas, aunque se habilitó una vía navegación controlada.

"Se modifica el polígono de prohibición de redes de enmalle utilizando la delimitación técnica recomendada por el CIRVA, la cual se basa en el análisis histórico de avistamientos desde 1993 y el monitoreo acústico y visual de 2025. En esta zona se permitirá exclusivamente la pesca con artes alternativas aprobadas." — Semarnat.

"Se mantiene el área de protección estricta actual, pero se autoriza la apertura de un canal exclusivamente para tránsito con el objetivo de que las embarcaciones accedan a otras zonas sin necesidad de rodear, quedando estrictamente prohibidas las actividades de pesca con redes de enmalle en dicho trayecto." — Semarnat.

Asimismo, se delimitó una nueva franja contigua denominada Área de Aprovechamiento Especial frente a las costas de San Felipe, Baja California, donde únicamente se permitirá la actividad mediante buceo libre y con hooka.

Equilibrio entre conservación ambiental y bienestar social

Durante la conferencia matutina "La Mañanera del Pueblo", la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, abordó las razones socioeconómicas detrás de esta actualización normativa. Señaló que la extensión de vedas generalizadas afectaba directamente los ingresos de las comunidades ribereñas, por lo que era necesario un modelo integral.

           Se hizo un estudio de manera muy importante de cómo se protege la biodiversidad y, al mismo tiempo, se permite que los pescadores puedan vivir adecuadamente." — Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de México.

Para respaldar esta transición sustentable, la autoridad ambiental ratificó la reinstalación del Comité de Expertos en Tecnologías Pesqueras (ECOFT), organismo encargado de evaluar y capacitar a los pescadores en el uso de artes de captura alternativas e inocuas para la fauna marina.

"Se ratifica la obligación del marcaje de artes de pesca y el uso de dispositivos satelitales. Adicionalmente, el Gobierno evaluará de forma permanente otras medidas de protección de la especie, en función de las campañas de monitoreo." — Semarnat.

Monitoreo satelital, puntos de desembarque y régimen de sanciones

Para garantizar la efectividad del ordenamiento, el acuerdo estipula obligaciones operativas dirigidas a los concesionarios y permisionarios:

  • Monitoreo Satelital Obligatorio: Las embarcaciones menores deberán contar con dispositivos de rastreo en un plazo de 12 meses gestionado por la Conapesca, mientras que las embarcaciones mayores emplearán el Sistema de Monitoreo VMS regulado por la NOM-062.
  • Sitios Oficiales de Embarque y Desembarque: Las salidas y arribos quedan restringidos exclusivamente al Golfo de Santa Clara en Sonora, así como al Muelle de San Felipe y El Zanjón en Baja California, quedando prohibida la pesca nocturna en horarios prefijados.
  • Marcaje y Reporte: Las redes utilizadas fuera del área vedada deberán estar debidamente identificadas, y existe la obligación de reportar de forma inmediata cualquier avistamiento o enmalle de vaquitas marinas.

En caso de incumplimiento, el decreto impone un catálogo de penalizaciones que incluye multas de 101 a 1,000 UMAs, decomiso de productos y artes de pesca, revocación de permisos, aseguramiento de embarcaciones reincidentes y denuncias ante el Ministerio Público Federal.

Cooperación internacional y proyecciones hacia 2027

La reestructuración responde a compromisos adquiridos ante la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y cuenta con el aval científico del Comité Internacional para la Recuperación de la Vaquita (CIRVA).

De igual forma, la Semarnat reafirmó su alianza estratégica con la organización Sea Shepherd Conservation Society, Pronatura Noroeste y la Conanp para llevar a cabo en 2027 un nuevo crucero de monitoreo acústico y visual en el Alto Golfo de California, dando seguimiento a los ejemplares y crías identificados en las expediciones recientes.

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