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SCJN frena terapias de conversión en Guanajuato; tutores que obliguen a menores podrían ir a prisión

Mi Nación

La Suprema Corte invalidó disposiciones del Código Penal de Guanajuato que reducían sanciones a padres y tutores que sometieran a menores a terapias de conversión.

Padres y tutores podrían ir a prisión por obligar a sus hijos a asistir a terapias de converción en Guanajuato. Foto Cuarto Oscuro
Padres y tutores podrían ir a prisión por obligar a sus hijos a asistir a terapias de converción en Guanajuato. Foto Cuarto Oscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los derechos de las personas LGBTQ+ en Guanajuato al invalidar las disposiciones en el Código Penal que permitían sanciones menores a padres, madres o tutores que sometieran a menores de edad a las llamadas terapias de conversión.

Por unanimidad, el máximo tribunal resolvió que el parentesco no puede ser utilizado como atenuante para evitar penas de prisión, al considerar que quienes ejercen la patria potestad tienen una obligación reforzada de protección hacia niñas, niños y adolescentes.

La Corte también declaró inconstitucional el apartado que permitía aplicar estas prácticas, también conocidas como ECOSIG –Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género– con supuesto “consentimiento informado”, al señalar que las terapias de conversión constituyen actos discriminatorios que pueden derivar en violencia, tortura o tratos crueles e inhumanos contra personas de la diversidad sexual.

La norma impugnada, aprobada en Guanajuato en 2025, establecía únicamente multas de 20 a 60 días para padres o tutores que obligaran a sus hijos a recibir estos tratamientos, mientras que el resto de las personas podían enfrentar penas de dos a seis años de prisión.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que argumentó que la legislación generaba un trato desigual y debilitaba la protección de las personas LGBTIQ+.

Con esta resolución, la SCJN reforzó el criterio nacional que considera ilegales las terapias de conversión y ratificó que ninguna relación familiar ni autorización puede justificar prácticas que vulneren la dignidad y los derechos humanos.

De 2025 a la fecha, Guanajuato registró 10 crímenes de odio contra personas pertenecientes a la diversidad sexual; por otro lado, el año pasada la Subsecretaría de Atención a las Personas de la Diversidad Sexual y de Género atendió 125 caso s relacionados a actos discriminatorios en contra del colectivo LGBTQ+.

Sobre el autor

Noemí López