TEPJF no puede invalidar suspensiones de amparo contra elección judicial: SCJN

Redacción
Ciudad de México.- Siete de 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dieron luz verde al proyecto de su colega Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para reestablecer el orden constitucional y por ello determinaron que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene competencia para invalidar suspensiones concedidas en juicios de amparo contra la reforma judicial y su implementación.
Por ello, el Alto Tribunal dio 24 horas para que los jueces federales que otorgaron estos reveses revisen de oficio sus determinaciones y reculen en caso de sobrepasar sus competencias.
Como era de esperarse, quienes sufragaron en contra son las togadas afines a la autollamada “Cuarta Trasformación”, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama, quienes lamentaron que se dé aval a las solicitudes ingresadas por juzgadores federales, la Asociación Nacional de magistrados de circuito y jueces de distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) y el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF).
El voto faltante para completar los 11 es el del propio promovente, quien, al ser el creador del texto, no puede emitir el suyo.
Por su parte, Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la Corte sentenció que el TEPJF no puede decidir el acatamiento o no de las suspensiones dictadas por jueces de distrito, puesto que para ello existen los recursos previstos en la Ley de Amparo.
IMCM

