Tumba SCJN 'decretazo' de AMLO; obras prioritarias deberán someterse a transparencia

Redacción

Ciudad de México.- Después que el 21 de noviembre de 2021, el gobierno federal designara en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), que todas sus obras de infraestructura no debían dar información de costos por declararlas “de interés público y seguridad nacional”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiró este llamado “decretazo” del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que los megaproyectos de la autollamada Cuarta Transformación estarán obligados a transparentar toda su información.

Y es que tras casi año y medio, la autoridad ha reservado datos acerca de construcciones emblemáticas de esta administración, como los son la refinería Olmeca-Dos Bocas, el Tren Maya, el Tren Interoceánico y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), entre otros.

La resolución del Máximo Tribunal del país era previsible y se ha corroborado durante la sesión de este jueves, cuando los ministros determinaron el acuerdo vigente de la autonombrada Cuatroté afecta al derecho a la información e interfiere en las facultades de actuación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

El proyecto de sentencia lo elaboró el togado Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien en su exposición indicó que el famoso “decretazo” es contrario a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Fue con ocho votos a favor y tres en contra —votación mínima requerida—, que los integrantes de la Primera Sala de la SCJN avalaron la propuesta de González Alcántara Carrancá.

SE HACE SETIR AMLO

Quienes sufragaron en contra fueron las ministras Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, todos afines a López Obrador, que a su vez manifestaron lo impuesto por el gobierno federal no es inconstitucional, dado que no hay “amplitud y ambigüedad, ni obstaculizan e inhiben el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto de las obras del Gobierno de México".

Zaldívar Lelo de Larrea fue más allá al pronunciar que este documento tampoco viola el derecho a la información, toda vez que según él, en ninguna parte de su articulado se señala que su objetivo sea reservar información. 

Apuntó que la SCJN no puede invalidar un acto con base en escenarios hipotéticos, presumiendo “la mala, la incompetencia y la malicia de las autoridades, así no se ejerce el control constitucional, así no se interpreta la Constitución”.

IMCM