UNAM ya puede anular exámenes, títulos y grados; también aplica para egresados

Redacción

Ciudad de México.- La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) desde este viernes, 14 de abril, ya puede anular exámenes, títulos y grados al alumnado que “no hayan cumplido a cabalidad los requerimientos para hacerse merecedores de los mismos”.

Lo anterior, no solamente se aplicará a los estudiantes, sino también se incluyen a los egresados de la Máxima Casa de Estudios.

A través de un boletín, la UNAM dio a conocer las adiciones y reformas, entre las que destacaron la modificación de los artículos 61 y 68, adición de los incisos g) y h) al artículo 62 del Reglamento General de Estudios Universitarios.

Se establece, entre otros aspectos que, para los casos de licenciatura y posgrado, los consejos técnicos o los comités académicos, según corresponda, tendrán entre sus facultades establecer los mecanismos para garantizar la autoría original de los trabajos académicos presentados para una evaluación, buscando siempre asegurar la integridad y honestidad académica”, expusieron.

En ese sentido, entran los los casos de nulidad de exámenes, la determinación a “la procedencia de aprobar un segundo proceso de titulación o graduación, de conformidad con el Reglamento General de Exámenes, previa valoración sobre la gravedad del caso”.

Asimismo, se determinará que el título de licenciatura o título profesional se otorgará a quien hayan acreditado todas las asignaturas o módulos del plan de estudios respectivo y cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos de algunas de las opciones de titulación aprobadas por el consejo técnico o por el comité académico.

Esto con el fin de que avalar la protesta universitaria de integridad y honestidad académica y profesional, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Exámenes y demás ordenamientos aplicables.

Por otra parte, la UNAM explicó la entrada en vigor de las modificaciones a los artículos 1o. inciso c), 21, 24, 25, 26; la adición de los incisos c) y d) al artículo 30; la adición del Capítulo VII “De la integridad y honestidad académica”, artículos 32 al 39; y la adición del Capítulo VIII “De la interpretación del Reglamento”, artículo 40 del Reglamento General de Exámenes.

Mediante las calificaciones obtenidas se pueda dar testimonio de la capacitación del estudiante, de los conocimientos, habilidades o competencia adquiridos, del pensamiento crítico y analítico desarrollado y de la autoría original de las ideas sustentadas en los trabajos académicos”, apunta.

Con ello, la búsqueda, ejercicio, construcción y transmisión del conocimiento, de aquél que forme parte de la institución debe "actuar con honestidad académica, citar adecuadamente las fuentes de información que empleen, generen o difundan, y dar el debido reconocimiento a la autoría intelectual".

Los trabajos escritos deben realizarse con estricto rigor académico”, aseveró.

Al finalizar el comunicado, también indicó que entra en vigor la modificación de los artículos 23, 27, 28 y 30 del Reglamento del Tribunal Universitario y de la Comisión de Honor, el cual establece que la Comisión de Honor del Consejo Universitario revisará las resoluciones emitidas por el Tribunal Universitario en los términos de los artículos 100 y 101 del Estatuto General, las de los Consejos Técnicos conforme al artículo 38 del Reglamento General de Exámenes y las del Comité Universitario de Ética.

Lo anterior, tras la polémica por los señalamientos en contra de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel, acusada de cometer plagio en su tesis para obtener el grado de licenciatura.

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