Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los permisos para el consumo recreativo de cannabis pueden incluir su uso en alimentos preparados o semipreparados, con la condición estricta de que sean destinados de forma exclusiva al uso personal y no se comercialicen ni suministren a terceras personas.
Al resolver un recurso de inconformidad, el Pleno del máximo tribunal consideró que incorporar cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) a la comida constituye una actividad culinaria cotidiana y no la fabricación de productos bajo un régimen sanitario especializado.
El alcance de la decisión queda limitado únicamente a la persona titular de la autorización, por lo que se mantiene la prohibición para vender, distribuir, suministrar o expender dichos alimentos al público.
Asimismo, la Corte conservó las restricciones establecidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) que impiden elaborar con cannabis productos sometidos a controles sanitarios específicos, tales como medicamentos, suplementos alimenticios, cosméticos, remedios herbolarios, dispositivos médicos y vapeadores o dispositivos análogos.
ANTECEDENTES JUDICIALES Y REGULACIÓN PENDIENTE
Este fallo se suma a la trayectoria judicial iniciada en 2015 y consolidada en 2021, fecha en la que la SCJN eliminó con efectos generales la prohibición absoluta del autoconsumo lúdico.
Desde esa resolución, la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris, debe autorizar a personas adultas actividades como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis y THC, sin que ello faculte la importación, comercio o distribución.
Por su parte, la Cofepris reiteró en julio pasado que este criterio se constriñe de manera exclusiva al autoconsumo.
Aunque en junio pasado la Corte validó que una sola autorización pueda amparar a varias personas identificadas expresamente, y pese a que desde 2021 existe un reglamento para la producción, investigación y uso medicinal del cannabis, la regulación integral para el uso adulto de esta sustancia continúa sin completarse en el Congreso de la Unión.
IMCM
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