Valida SCJN prohibición de 'comida chatarra' en escuelas y universidades

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La resolución impacta la oferta alimentaria en planteles y abre un nuevo debate sobre salud pública y regulación escolar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad los lineamientos emitidos por las secretarías de Educación Pública (SEP) y de Salud (Ssa) que restringen el expendio y distribución de productos “chatarra” en todos los planteles del Sistema Educativo Nacional (Foto: Especial)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad los lineamientos emitidos por las secretarías de Educación Pública (SEP) y de Salud (Ssa) que restringen el expendio y distribución de productos “chatarra” en todos los planteles del Sistema Educativo Nacional (Foto: Especial)

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad los lineamientos emitidos por las secretarías de Educación Pública (SEP) y de Salud (Ssa) que restringen el expendio y distribución de productos “chatarra” en todos los planteles del Sistema Educativo Nacional, incluyendo las instituciones de nivel universitario.

El Pleno del máximo tribunal del país rechazó las impugnaciones presentadas por empresas como Eric Kayser México (Maison Kayser), Mega Vending de México y la Compañía Embotelladora Del Fuerte, las cuales buscaban la invalidez del acuerdo y las normas vigentes desde septiembre de 2024 bajo el argumento de una supuesta afectación a las libertades de comercio y trabajo.

Al avalar las propuestas de las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama, el tribunal confirmó que las medidas persiguen una finalidad constitucionalmente legítima orientada a salvaguardar los derechos a la salud y a la alimentación adecuada.

MAGNITUD DE LA CRISIS DE OBESIDAD Y REGULACIÓN DEL COMERCIO

Durante la sesión, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz enfatizó que el combate al sobrepeso representa un tema prioritario de salud pública, al señalar que la condición afecta a casi tres cuartas partes de la población adulta, así como al 40 por ciento de las personas jóvenes y al 36 por ciento de la niñez.

Aguilar Ortiz sostuvo que las normas impugnadas constituyen un paso fundamental para frenar el crecimiento de este problema.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos González y el ministro Irving Espinosa Betanzo precisaron que las disposiciones normativas no imponen un veto absoluto a las actividades comerciales de las empresas, sino que delimitan su alcance exclusivamente al interior de los centros escolares, permitiendo que la venta de dichos productos continúe sin restricciones fuera de las escuelas.

ALCANCE DE LA PROTECCIÓN A MAYORES DE EDAD

En el debate de los proyectos, el ministro Giovanni Figueroa Mejía rechazó la postura de las compañías al aclarar que la protección constitucional de la alimentación nutritiva aplica para todas las personas sin importar la edad, extendiendo sus beneficios a la población universitaria.

En la misma línea, el ministro Arístides Guerrero García citó datos de la prevalencia de obesidad en más de 9 millones de jóvenes para justificar el alcance de las medidas.

Asimismo, ante las dudas planteadas por la ministra Yasmín Esquivel Mossa sobre una posible afectación a la autonomía universitaria, la ministra Lenia Batres Guadarrama aclaró que las regulaciones no vulneran el autogobierno ni la libertad de cátedra de las instituciones de educación superior, además de precisar que las normas examinadas no contemplan un régimen de sanciones hacia las autoridades académicas.

IMCM

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