Valida SCJN tope máximo de comisiones cobrado por las Afores

SCJN tope maximo Afores

Redacción

Ciudad de México.- Fue validado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el tope máximo de 0.57% de comisión que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) a los trabajadores para administrar su ahorro para el retiro.

Por mayoría de cuatro votos de cinco —el único en contra fue de Luis María Aguilar—, esta instancia respaldó la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que reconoce la constitucionalidad de dicho porcentaje.

Con esta resolución, la togada concedió un amparo a la Afore Sura y con ello, se mantiene vigente dicho tope.

“El hecho de que la norma reclamada introduzca aspectos ajenos al mercado, y que a partir de esa circunstancia exista una posibilidad de que se incida en su libre desarrollo, no es suficiente para considerar que es inconstitucional, pues las administradoras de fondos para el retiro no se desenvuelven en un mercado cuyo principal objetivo sea la libre competencia”, subrayó en su determinación la SCJN.

De esta manera, el Máximo Tribunal del país rechazó los argumentos de un juez federal, quien en su momento determinó que el límite porcentual fijado es inconstitucional, por lo que esta decisión fue impugnada por el Poder Ejecutivo y por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

IMCM