Semovi reconoce errata en Reglamento de Tránsito
Ciudad de México.- Luego de las críticas de vecinos de la colonia Hipódromo Condesa, alcaldía de Cuauhtémoc, quienes advirtieron que se ampararan contra los cambios al Reglamento de Tránsito (los cuales entrarán en vigor el 22 de abril), en el cual se establece que los “scooters” y bicicletas sin anclaje pueden circular sobre las banquetas.
1) La reciente modificación del reglamento de tránsito tuvo como objetivo delimitar y aclarar que patines eléctricos y bicicletas no deben usar las banquetas, sino el arroyo vehicular.
— Andrés Lajous (@andreslajous) 24 de marzo de 2019
Esta tarde, la Secretaría de Movilidad (Semovi) salió para recular en su pésima redacción, reconociendo su error en las recientes modificaciones al estatuto vehicular.
2) Sin embargo, ante la ambigüedad identificada por varias personas en la redacción final, he dado instrucciones a la Subsecretaría de Planeación de la @CDMX_Semovi para que corrija el error que se cometió y proponga una redacción que refleje el objetivo establecido.
— Andrés Lajous (@andreslajous) 24 de marzo de 2019
3) Agradecemos a las personas que señalaron la ambigüedad contenida en dicha modificación. Desde el inicio nuestro objetivo ha sido dejar las reglas claras para que peatones, niñas y niños, y personas con discapacidad cuenten con la banqueta como un espacio seguro.
— Andrés Lajous (@andreslajous) 24 de marzo de 2019
La dependencia indicó que en el Artículo 5 por un “error involuntario” se incluyó a vehículos de pedaleo asistido o con motor entre los modos autorizados para circular en las banquetas.
“Para subsanar este error, y así evitar cualquier ambigüedad en la interpretación, la Secretaría de Movilidad propondrá una redacción más explícita dentro del Reglamento de Tránsito, en la cual establezca que estos vehículos tienen prohibida su circulación en la banqueta, a menos que sean utilizados por menores de 12 años y no cuenten con ninguna clase de pedaleo asistido ni motor”, subrayó el comunicado.
“Asimismo, se establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otros dispositivos de apoyo a personas con discapacidad o movilidad limitada que no sobrepasen los 10 kilómetros por hora”, se lee en el documento.
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IMCM