Entrometido en Amparo

Por Mike Volta

Tod@s; absolutamente tod@s estimad@ lectora@ tenemos el Derecho que nos otorga la constitución, de acudir al poder Judicial a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión. 

Esto es conocido como un “medio de control constitucional” esto es que la propia constitución política de los Estados Unidos Mexicanos prevé en su articulado, que los “gobernados” es decir, nosotros, miembros del pueblo, sea cual fuera nuestra condición podemos acudir ante los tribunales de amparo, es decir Jueces de Distrito o Tribunales colegiados de circuito según sea el caso, a través de un procedimiento legal a solicitar el Amparo mencionado, en contra de los actos que se ejecuten o puedan ejecutarse por una Autoridad. 

Así es, no por ser una autoridad está exenta del cumplimiento de la Ley, sus actos deben estar debidamente fundados y motivados y no causar a terceros perjuicios en sus derechos fundamentales sin que se haya seguido un procedimiento previo....... La Ley es Dura, pero es la Ley. 

Esto, necesariamente significa, que ni el presidente de la República, ni cualquiera autoridad podrá realizar actos que afecten a los gobernados en su esfera jurídica, sin estar debidamente fundados y motivados, simplemente no pueden hacer lo que se les antoje. 

Así, estamos viendo cómo ahora se están presentado y tramitando muchísimos procedimientos de amparo en contra de actos de autoridad, principalmente en tres vertientes, unos para detener cualquier obra que se vaya a realizar en Santa Lucía para la construcción del aeropuerto pretendido por esta cuarta transformación, hasta en tanto no se cuenten con todos los estudios que debieron realizarse para ello, afectaciones a ejidatarios y a el patrimonio nacional. 

Otros, para evitar la cancelación definitiva del aeropuerto que se pretendía realizar en Texcoco, el NAIM dado que las obras se encontraban ya en un 30% de su avance y existían los permisos, estudios y demás elementos que permitían la realización de esta obra. 

Es muy probable que también el mismo procedimiento tenga lugar, en relación con la construcción del tren maya y por razones similares. 

Otros en contra de ciertos artículos de la ley Federal del Trabajo, que con motivo de la reforma laboral, se considera que no están siendo acordes con el contenido de la Constitución política de los Estados Unidos mexicanos. 

Lo anterior en pocas palabras, significa que no pueden las autoridades realizar lo que quieran sin cumplir con lo que manda la ley, y cualquier persona tiene el derecho de poder defenderse de tales cuestiones. 

Y también es un derecho de las partes el que sus datos personales estén protegidos en el proceso. 

Resulta muy desafortunado que por parte de la presidencia de la República se pretenda minimizar o denostar el legítimo derecho de quien pueda tener un interés contrario, a las obras que pretende realizar este gobierno, Y que además pretende indicar que dará conocer los nombres de quienes lo están haciendo, como si el ejercicio de los derechos fuera ahora un motivo de persecución. 

No es nuevo, y que el poder judicial a través de los tribunales de amparo haya logrado detener o evitar violaciones a la ley como las que podría considerarse ocurren, esto es un estado de derecho y el presidente debe entenderlo, no tiene derecho a imponer su voluntad y mucho menos por encima de la Ley; esta situación podría llevarlo a terrenos muy oscuros en el orden del desacato, del cual ya también se tiene antecedente. 

Es importante andar con cuidado, ya que puede liberarse el KRAKEN!!! 

 

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