¿Qué dice la Ley de Protección animal por exponer tu perro al sol en la azotea?
Ciudad de México. -Ante las —ya cotidianas— altas temperaturas, los animales también están expuestos a peligros por la ola de calor, por lo que es necesario cubrir y satisfacer sus necesidades.
Luego del anuncio de la tercera ola de calor, es sustancial cubrir no solo las necesidades propias sino la de los animales de como perros y gatos, mantenerlos hidratados y en buenas condiciones, sin exponerlos al sol, lo que también significa no dejarlos en la azotea.
Al igual que las personas, los animales presentan reacciones ante las altas temperaturas, por lo que algunas situaciones de descuido o negligencia podrían poner en riesgo su vida.
Ley de Protección Animal
El dejar aislado a tu animal de compañía es considerado un delito que agrava su estabilidad y su bienestar por lo que hay un artículo en la Ley de Protección Animal que lo protege.
De acuerdo con el artículo 24 de la Ley en el apartado IV, se considerará un acto de crueldad y maltrato protagonizado ya sea por el propietario, poseedor, encargado o tercera persona que esté relacionada a:
IV. Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten el bienestar animal;
VIII. Toda privación de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño a un animal.
Código penal de la CDMX
El maltrato o crueldad animal es considerado un delito culposo que se castiga según la omisión o negligencia que cause lesiones o hasta la muerte del ser vivo.
De acuerdo con el Código Penal capitalino, las personas que causen cualquier tipo de lesiones a los animales tendrán una sanción de dos a seis años en prisión y multas de 50 a 100 días.
Por su parte, si el maltrato llega a la muerte el responsable se atendrá a dos o cuatro años en las rejas y de 200 a 400 días de multa.
