Determina SCJN inconstitucional penalizar posesión de marihuana

Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México.- Ha declarado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como inconstitucional penalizar la posesión de mariguana, aunque enfatizaron que siempre y cuando esto sea sólo para el uso personal.

En sesión ordinaria, los ministros desestimaron poner un límite a las cantidades de marihuana que una persona pueda traer consigo, siempre y cuando sea para uso personal. Lo cual contradice a La Ley General de Salud y el Código Penal federal, que fija lo anterior en un máximo de cinco gramos.

Fue la Primera Sala de la Corte la que reprobó, por tres votos contra dos, una porción del artículo 478 de dicha normativa que desde 2009 solo permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, al tiempo que castiga con 10 meses a tres años de cárcel si excede esa cantidad.

Con esto, el máximo tribunal del país precisó que deberán ser los fiscales y jueces los que aclaren si la droga es para consumo personal sin importar la cantidad, porque de ser ese el caso la persona no podrá ser acusada penalmente.

Sufragaron en favor del proyecto Juan Luis González Alcántara Carrancá (promovente del mismo), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la presidenta de la Primera Sala, Ana Margarita Ríos Farjat.

Afuera de la sede de la Corte, el colectivo Plantón 420 realizó una protesta pacífica, ello en espera al fallo que determinó la legalidad de traer 5 gramos de marihuana como consumo personal.

Los integrantes del grupo informan a la población sobre el consumo responsable de este enervante.

IMCM