SCJN declara constitucional que SAT pueda acceder a cuentas bancarias sin orden judicial

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es constitucional la facultad de las autoridades hacendarias, específicamente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), puedan acceder a la información bancaria de personas y empresas sin necesidad de una orden judicial previa.

Por cuatro votos contra uno, la SCJN aprobó una jurisprudencia que avala un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), que establece que el secreto bancario no opera cuando las autoridades hacendarias federales requieren información para fines fiscales.

La norma no es contraria al texto constitucional, pues si bien el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad legítima y satisface los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, sostuvo el fallo.

La Corte determinó la constitucionalidad de la medida en el marco del caso de Moisés Mansur Cisneyros, empresario acusado por fraude fiscal de 12.4 millones de pesos, que presuntamente operó como prestanombres del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte¸ en la compra de terrenos por 439 millones de pesos mediante empresas fantasma.

Con base en ese criterio, la Sala se dispone a negar un amparo promovido por Mansur Cisneyros.

Mansur en su amparo alega que fue inconstitucional el acceso a la información de sus cuentas y que los datos fueron entregados a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que forma parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), pero se encarga de prevenir el lavado de dinero y no de recaudar impuestos.

A partir del fallo de la SCJN, las autoridades hacendarias federales podrán acceder a las cuentas, siempre que se trate de un tema fiscal.

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