SCJN emplaza al Congreso a fijar sueldo del presidente de la República

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó por unanimidad invalidar los artículos 6 y 7 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, así como los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal Federal que define el delito de remuneración ilícita.

Con esta resolución, la SCJN emplazó al Congreso de la Unión a establecer los parámetros para fijar el sueldo de Presidente de la República y del resto de los servidores públicos. Por lo que, los ministros otorgaron un plazo de 90 días, dentro del siguiente periodo ordinario de sesiones, para que se legisle en la materia.

La propuesta impulsada por el ministro Alberto Pérez Dayán, consideró que el hecho de que los legisladores no establecieran parámetros objetivos para fijar el salario del presidente, es de tal magnitud que puede impactar en todo el ordenamiento y afectar a todo el servicio público.

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Al respecto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló que uno de los malestares del aparato burocrático que ha impugnado la Ley Federal de Remuneraciones es que no se dan “las normas y las pautas exactas” para establecer en 108 mil pesos mensuales el sueldo del titular del Ejecutivo federal.

Cabe señalar que dicha ley establece que todos los trabajadores gubernamentales a nivel federal, estatal, municipal adscritos a entes públicos recibirán una remuneración adecuada por el desempeño de su función y proporcional a sus responsabilidades, sin ganar más que su superior y que el presidente de la República.

Por esa razón, se creó una vasta polémica y diversos funcionarios públicos interpusieron un amparo contra, desde jueces y magistrados, hasta secretarios, promovidos por personal de Pemex, Cofece, PGR, INE, IFT, CFE, ISSSTE e incluso del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

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La SCJN también analizó las omisiones legislativas del Congreso de la Unión respecto a la ley, y aunque se determinó por 7 votos que la ley tiene las suficientes para invalidarse, no se alcanzaron los votos necesarios para esto.

IMCM