Abren juicio contra exdirectora de Comunicación de la PGJCDMX por estigmatizar a Lesvy Berlín

Ciudad de México.- La exdirectora de Comunicación Social de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, María Elena Cárdenas, será sometida a juicio por el delito de "Ejercicio ilegal del servicio público" debido a la publicación de tuits oficiales con información estigmatizante y discriminatoria en perjuicio de Lesvy Berlín.

Después de más de un año de dilación del proceso por diversas estrategias implementadas por Cárdenas, la jueza de control Gloria Hernández Franco emitió el Auto de apertura a juicio. El Observatorio Nacional de Feminicidio había denunciado que Cárdenas había intentado varias estrategias para dilatar el proceso.

Cárdenas había intentado desconocer la calidad de víctimas de la madre y el padre de Lesvy Berlin, además de ofrecer gel, cubrebocas, cloro y sanitizante como medidas de reparación a la sociedad en el marco de la contingencia sanitaria.

A pesar del llamado reiterado de la jueza de control a la imputada y a su defensa para que buscaran el diálogo con las víctimas y así poder atender su solicitud de salida alterna a juicio, ésta y su defensa promovieron recurso de apelación y posteriormente juicio de amparo buscando que una autoridad judicial negara la calidad de víctimas a Araceli Osorio Martínez y Lesvy Rivera Calderón.

Las víctimas en conjunto con sus asesoras jurídicas elaboraron un plan de reparación integral que consideraba medidas de rehabilitación psicológica y de salud, así como medidas de satisfacción y de no repetición que consistían en la elaboración de una propuesta de Guía dirigida a las áreas de comunicación social en el tratamiento de la información relacionada con víctimas de violencia de género, pero eso no sucedió.

Finalmente, en la audiencia del 17 de noviembre de 2022, la defensa particular de la acusada manifestó que no era posible llegar a un acuerdo sobre el plan de reparación del daño, argumentando que se trataba de "exigencias" de las víctimas que su representada no podía cumplir, pero de nueva cuenta las víctimas directas lograron que la jueza de control considerara que sí existía oposición fundada para no conceder la suspensión condicional del proceso.