¿Un inquilino puede quedarse con la propiedad que renta?

Ciudad de México.- Cuando se renta una casa o un departamento los arrendatarios tienen derecho a que se les garantice el uso y goce del inmbueble, esto no significa que puedan adueñarse de la propiedad.

Si existe un contrato de arrendamiento, un inquilino no puede quedarse con la propiedad que renta.

Lo anterior está establecido en Código Civil Federal, en donde fueron plasmadas las obligaciones que, tanto el arrendatario como el arrendador, deben  cumplir al momento de rentar un inmueble.

De acuerdo con la plataforma inmobiliaria Lamudi, el arrendamiento se considera una actividad civil, que es legislada por el Código Civil Federal, por lo que en México no existe específicamente una Ley de arrendamiento.

¿Los inquilinos pueden quedarse con la propiedad?

Si existe un contrato de arrendamiento de por medio, el inquilino no puede quedarse con la propiedad que renta, así la haya estado rentando por varios años consecutivos.

"Esto es debido a que en el contrato se especifican las obligaciones que el arrendatario debe cumplir en favor del arrendador (propietario del inmueble)", explica Lamudi.

¿Se puede reclamar el derechos de antigüedad?

Tras la firma un contrato de arrendamiento, el inquilino deberá reconocer que habitará una propiedad ajena, por lo que no hay posibilidad de reclamar derecho de antigüedad.

¿Cómo desalojar a un inquilino?

Ya sea por el incumplimiento del pago de la renta o por alguna otra violación al contrato de arrendamiento, primero se tiene que hacer llegar una notificación de desalojo al inquilino.

En dicha notificación se debe explicar la razones por las que se solicita su desalojo, así como un plazo para que abandone el inmueble. Dicho periodo deberá ser de uno a tres meses.

"Si el inquilino no tuviera tiempo para desocupar, podría apelar que sus derechos no se están respetando, al negársele la oportunidad de rentar una nueva vivienda que cuente con las características que éste necesite", detalla la plataforma Lamudi.

¿Cuál es el plazo para que un inquilino desaloje una propiedad?

"El arrendatario deberá ser notificado con tres meses de antelación que su contrato no será renovado, de ahí surge el plazo de tres meses que tiene el inquilino para desocupar".

Por tanto, si la notificación se realiza en un periodo inferior a tres meses, el contrato no podrá concluirse y el arrendatario no estará obligado a desocupar la casa.